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Información proporcionada por:
ALCALDÍA DE OIBA
http://NO DISPONIBLE
Devolución y/o compensación de pagos en exceso y pagos de lo no debido
¿Cuándo se puede realizar?
Cualquier fecha
¿A dónde ir?
Ver puntos de atención
¿Requiere pago?
No, es gratuito
¿Es totalmente en línea?
No
Última actualización: 14-Febrero-2019
Descripción
Obtener la devolución y/o compensación de pagos, si tiene pagos en exceso o lo no debido, es decir, si ha cancelado sumas mayores por concepto de obligaciones tributarias o ha efectuado pagos sin que exista causa legal para hacer exigible su cumplimiento.
Para realizarlo necesita:
Ciudadano
Extranjeros
Instituciones o dependencias públicas
Organizaciones
1 - Reunir documentos
Documento
Recibo de pago
: 1 Original(es)
Anotaciones Adicionales: En el cual se evidencie el pago adicional
Documento
Carta de solicitud
: 1 Original(es)
Anotaciones Adicionales: En caso que la solicitud de la devolución del dinero se haga por escrito
Documento
Cédula de ciudadanía
: 1 Fotocopia(s)
2 - Radicar documentos
Canal de atención
Medio
Detalle
PRESENCIAL
Ver puntos de atención
Resultado que se obtiene
Reconocimiento de devolución y/o compensación, que se obtiene
en 15 Día(s) - hábil(es)
Medios por donde se obtiene el resultado
Presencial
¿Dónde se puede hacer seguimiento a la solicitud?
Medio
Detalle
Presencial
Ver puntos de atención
Soporte legal
Acuerdo 049 de 2008, (Artículos 439 - 446)
Ley 57 de 1887, (Artículos 2313, 2315)
Ley 1607 de 2012, (Artículo 65)
Ley 962 de 2005, (Artículo 47)
Ley 223 de 1995, (Artículos 49, 140, 141)
Decreto Ley 019 de 2012, (Artículo 10)
Decreto 2277 de 2012, (Todos)
Decreto 624 de 1989, (Artículos 815, 816, 850, 851, 853-855, 857, 858, 860 )
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