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Información proporcionada por:
GOBERNACIÓN DE MAGDALENA
http://www.magdalena.gov.co
Reconocimiento de personería jurídica de los organismos de acción comunal de primero y segundo grado
¿Cuándo se puede realizar?
Cualquier fecha
¿A dónde ir?
Ver puntos de atención
¿Requiere pago?
No, es gratuito
¿Es totalmente en línea?
No
Última actualización: 14-Febrero-2019
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Descripción
Acreditar a las Juntas de Acción Comunal, Juntas de Vivienda Comunitaria y Asociaciones de Juntas de Acción Comunal como organizaciones sin ánimo de lucro, con capacidad suficiente para contraer obligaciones, ejercer derechos y realizar actividades en beneficio de la comunidad que representan.
Para realizarlo necesita:
Organizaciones
1 - Reunir los documentos necesarios para realizar el trámite
Documento
Solicitud escrita de reconocimiento de personería jurídica
: 1 Original(es)
Documento
Certificación de delimitación de territorio
: 1 Original(es)
Anotaciones Adicionales: Expedida por la autoridad competente, relacionada con la delimitación del territorio en la cual va a desarrollar su actividad
Documento
Relación de los afiliados(as) al organismo comunal
: 2 Fotocopia(s)
Anotaciones Adicionales: En la que se detalle el nombre y documento de identificación de cada uno de los afiliados
Documento
Acta de constitución y de elección de las directivas
: 1 Original(es)
Anotaciones Adicionales: debidamente suscritas por el presidente y secretario de la Asamblea General. Adicionalmente, el acta correspondiente a la elección de directivas debe estar firmada por los miembros del tribunal de garantías nombrados por la organización comunal para tal fin
Documento
Estatutos de la organización comunal
: 1 Original(es)
Documento
Acta de aprobación de estatutos
: 1 Original(es)
Anotaciones Adicionales: debidamente suscritas por el presidente y secretario de la Asamblea General
2 - Radicar documentos
Canal de atención
Medio
Detalle
PRESENCIAL
Ver puntos de atención
Resultado que se obtiene
Reconocimiento de personería jurídica de los organismos de acción comunal , que se obtiene
en 15 Día(s) - hábil(es)
Medios por donde se obtiene el resultado
Presencial
¿Dónde se puede hacer seguimiento a la solicitud?
Medio
Detalle
Presencial
Ver puntos de atención
Soporte legal
Documento técnico Constitución política de Colombia de 1991, (Artículo 38)
Ley 743 de 2002, (Artículos 29, 63, 64)
Decreto 2350 de 2003, (Artículos 4, 5, 25 numeral 3, 26)
Circular 09156 de 2010, (Todos)
Decreto 890 de 2008, (Artículo 7 numeral 10)
Ley 753 de 2002, (Todos)
Otra fuente de consulta
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