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Información proporcionada por:
ALCALDÍA DE MOSQUERA - CUNDINAMARCA
Modificación en el registro de contribuyentes del impuesto de industria y comercio
¿Cuándo se puede realizar?
Cuando se presente el cambio en la información del contribuyente esta debe ser notificada en la Secretaría de Hacienda.
¿A dónde ir?
Ver puntos de atención
¿Requiere pago?
No, es gratuito
¿Es totalmente en línea?
No
Última actualización: 25-Febrero-2019
Descripción
Realizar el cambio o actualización en el registro de contribuyentes del Impuesto de Industria y Comercio cuando hayan modificaciones efectuadas con relación a la actividad económica, sujeto pasivo del impuesto o establecimientos, tales como la venta, enajenación, modificación de la razón social, transformación de las actividades que se desarrollen, cambio de dirección del establecimiento y cualquier otra susceptible de modificar en los registros.
Para realizarlo necesita:
Ciudadano
Extranjeros
Instituciones o dependencias públicas
Organizaciones
1 - Alistar documentos
Formulario
Registro de contribuyentes del impuesto de industria y comercio
Disponible para ser:
Descargable:
Reclamar de forma presencial:
En los puntos de atención indicados por la institución
Anotación adicional:
En este formulario se selecciona Actualización..
Documento
RUT
: 1 Fotocopia(s)
Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
Se verificará estar inscrito en Cámara y comercio
2 - Radicar documentos
Canal de atención
Los documentos deberán ser radicados de forma presencial en la Secretaría de Hacienda de lunes a viernes de 8:00 a 1:00 pm y de 1:00 a 5:00 pm.
Medio
Detalle
PRESENCIAL
Ver puntos de atención
Resultado que se obtiene
Actualización del registro de contribuyentes del impuesto de industria y comercio, que se obtiene
en 2 Hora(s)
Medios por donde se obtiene el resultado
Presencial
¿Dónde se puede hacer seguimiento a la solicitud?
Medio
Detalle
Presencial
Ver puntos de atención
Soporte legal
Decreto 3070 de 1983, (Artículos 1, 7 Numeral 5)
Ley 232 de 1995, (Artículo 2 literal e)
Decreto 1879 de 2008, (Artículo 4)
Ley 14 de 1983, (Artículos 32-48)
Acuerdo 032 de 2016, (Artículos 464 - 466, 482)
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