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Información proporcionada por:
ALCALDÍA DE CHÍA
http://www.chia-cundinamarca.gov.co
Licencia de funcionamiento para establecimientos educativos promovidos por particulares para prestar el servicio público educativo en los niveles de preescolar, básica y media
¿Cuándo se puede realizar?
Seis (6) meses antes de iniciar labores
¿A dónde ir?
Ver puntos de atención
¿Requiere pago?
No, es gratuito
¿Es totalmente en línea?
No
Última actualización: 16-Octubre-2020
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Descripción
Obtener el reconocimiento oficial por medio del cual se le autoriza la apertura y operación del establecimiento educativo privado para prestar el servicio público de educación formal, en los niveles de preescolar, básica y media.
Para realizarlo necesita:
Ciudadano
Extranjeros
Organizaciones
1 - Reunir los documentos y cumplir con las condiciones establecidas para el trámite
Documento
Cédula de ciudadanía
: 1 Fotocopia(s)
Anotaciones Adicionales: Del representante legal
Documento
Certificación bomberos
: 1 Original(es)
2 - Radicar la documentación requerida, con seis meses de antelación a la fecha de iniciación de labores
Canal de atención
Medio
Detalle
PRESENCIAL
Ver puntos de atención
WEB
Sistema de Atención al Ciudadano - SAC
3 - Atender la visita técnica en el lugar donde funcionará el establecimiento educativo
Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
Recibir la visita técnica en el lugar donde funcionará el establecimiento educativo
4 - Responder requerimientos adicionales, en caso de ser necesario
Canal de atención
Medio
Detalle
PRESENCIAL
Ver puntos de atención
WEB
Sistema de Atención al Ciudadano
Resultado que se obtiene
Licencia de funcionamiento (Definitiva, condicional o provisional), que se obtiene
en 90 Día(s) - hábil(es)
Observaciones: Se da respuesta parcial por parte de la Secretaría de Educación en los 15 días hábiles siguientes a la radicación para comunicar en que estado se encuentra el trámite
Medios por donde se obtiene el resultado
Correo electrónico
Presencial
Página web
¿Dónde se puede hacer seguimiento a la solicitud?
Medio
Detalle
Telefónico
Fijo 8844444 2900 , Horario de atención:Lunes a viernes de 8:00 am - 5:00 pm
Presencial
Ver puntos de atención
Web
Sistema de Atención al Ciudadano - SAC
Soporte legal
Ley 115 de 1994, (Artículos 138, 193)
Decreto 3433 de 2008, (Todos)
Decreto único reglamentario 1075 de 2015. Artículos: 2.3.2.1.10; 2.3.2.1.9; 2.3.2.1.7; 2.3.2.1.11; 2.3.2.1.8; 2.3.3.5.3.4.4; 2.3.2.1.6; 2.3.2.1.2; 2.3.2.1.1; 2.3.2.1.3; 2.3.2.1.5; 2.3.3.1.5.1; 2.3.2.1.4
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