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Información proporcionada por:
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL
Englobe o desenglobe de dos o más predios
¿Cuándo se puede realizar?
Cualquier fecha
¿A dónde ir?
Ver puntos de atención
¿Requiere pago?
No, es gratuito
¿Es totalmente en línea?
No
Última actualización: 3-Marzo-2021
Descripción
Registro de las modificaciones que ocurran en los linderos de los predios ya sea por una acción de agregación (englobe) o segregación (desenglobe) sin estar condicionado al cambio de propietario o poseedor.
Para realizarlo necesita:
Ciudadano
Extranjeros
Instituciones o dependencias públicas
Organizaciones
1 - Reunir los documentos necesarios para realizar el trámite.
Documento
Cédula de ciudadanía
: 1 Fotocopia(s) (Legible)
Anotaciones Adicionales: En caso de instituciones u organizaciones, el documento será del representante legal.
Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
Ser propietario. La Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, verificará por la Ventanilla Única de la Construcción (VUC) el folio de matrícula inmobiliario y el certificado de existencia y representación legal de la Cámara de Comercio para constatar esta información.
Documento
Solicitud escrita o presencial
: 1 Original(es)
Anotaciones Adicionales: La petición debe contener como requisitos mínimos, de acuerdo con el artículo 16 de la Ley n.° 1755 de 2015 o la norma que la modifique, sustituya o complemente, la siguiente información: i. Los nombres y apellidos completos del solicitante y/o apoderado con indicación de su documento de identidad y de la dirección donde recibirá correspondencia. El peticionario podrá agregar el correo electrónico autorizando su notificación electrónica. ii. El objeto de la petición, el cual debe ser claro y preciso en el trámite que requiere realizar. iii. Las razones en las que fundamenta su petición. iv. La relación de los documentos que desee presentar para iniciar el trámite. v. La firma del peticionario cuando fuere el caso. La petición deberá realizarse a través de comunicación verbal, escrita, transferencia de datos, mecanismos tecnológicos para la consulta e intercambio en línea de la información catastral o cualquier otro canal de atención implementado por la UAECD, con la excepción de la autoestimación del avalúo catastral, la cual deberá ser presentada únicamente por escrito. Los documentos podrán ser aportados en medio físico o medio magnético, en formatos usados por la entidad (pdf, jpg, dwg, Excel )
Si se identifica con alguno de estos casos, adicionalmente debe:
*Cuando es apoderado.
Documento
Poder
:1 Original(es)
Anotaciones Adicionales: En caso de actuar a través de apoderado, deberá otorgarse poder general mediante escritura pública o poder especial mediante documento privado dirigido a la UAECD, especificando claramente el objeto de la solicitud o trámite que requiere, sin tachones ni enmendaduras. En los poderes generales, se deberá presentar certificación original de la Notaría que contenga la vigencia del poder general, con fecha no superior a 30 días. En los poderes especiales los asuntos e inmuebles deberán estar determinados y claramente identificados. En este caso quien lo otorga (propietario, poseedor o representante legal), deberá contener presentación personal ante la Entidad o ante notario o cualquier autoridad competente para el efecto. En todos los casos podrá aportarse un poder especial suscrito por la totalidad de propietarios o poseedores.
Documento
Cédula de ciudadanía
:1 Fotocopia(s) (Legible)
Anotaciones Adicionales: En caso de ser autorizado, presentar fotocopia del documento de identidad del titular y autorizado, para apoderado exhibir documento.
*En caso de actuar como heredero o cónyuge supérstite.
Documento
Certificado de defunción
:1 Fotocopia(s) (legible)
Anotaciones Adicionales: La calidad de heredero o cónyuge supérstite se acreditará con fotocopia legible del registro de defunción del propietario o poseedor acompañada de los documentos que acrediten la calidad de heredero de acuerdo con los órdenes sucesorales o la calidad de cónyuge o compañero(a) permanente supérstite.
*En caso de actuar como poseedor
Documento
Documento soporte de la posesión
:1 Fotocopia(s) (legible)
Anotaciones Adicionales: La posesión será acreditada mediante cualquier medio probatorio conforme a lo dispuesto en el Código Civil y en el Código General del Proceso o las normas que lo modifiquen, complementen o adicionen.
*En caso de solicitar el trámite a través de la Ventanilla única de la Construcción.
Documento
Autorización notificación electrónica de la respuesta
:1 Original(es) (Debidamente firmado)
Anotaciones Adicionales: Autorización expresa indicando correo electrónico. La notificación electrónica tiene la misma validez que la notificación personal y se le remitirá la respuesta y los documentos anexos al correo que usted manifieste.
Documento
Autorización para notificación
:1 Original(es) (Debidamente firmado)
Anotaciones Adicionales: Cualquier persona que deba notificarse de un acto administrativo podrá autorizar a otra para que se notifique en su nombre, mediante escrito firmado por el propietario o poseedor de conformidad con el Artículo 71 de la Ley 1437 de 2011 o la ley que lo modifique, remplace o adicione.
*Pa unir linderos de dos o más predios (Englobe).
Documento
Escritura pública
:1 Fotocopia(s) (Copia simple, legible)
Anotaciones Adicionales: Copia legible del título de dominio debidamente registrado, en donde conste el englobe de los bienes inmuebles, así como las modificaciones, aclaraciones y corrección de los títulos con sus respectivos anexos, si las hay.
Documento
Plano topográfico
:1 Original(es) ( En medio magnético, en formato dwg)
*Para desagregación de los linderos (desenglobe) de desarrollos urbanísticos y zonas de cesión.
Documento
Escritura pública
:1 Fotocopia(s) (Copia simple legible)
Anotaciones Adicionales: Copia legible del título de dominio debidamente registrado en donde conste el desarrollo urbanístico, así como las modificaciones, aclaraciones y corrección de los títulos con sus respectivos anexos, si las hay.
Documento
Plano de urbanismo
:1 Original(es) (En medio magnético, en formato dwg)
Anotaciones Adicionales: Ligado a las coordenadas cartesianas locales, Data Magna Sirgas.
*Para desagregación de los linderos (desenglobe) de predio sometido al régimen de propiedad horizontal o condominios.
Documento
Escritura pública
:1 Fotocopia(s) (Legible)
Anotaciones Adicionales: Copia legible del título de dominio debidamente registrado que contenga el reglamento de propiedad horizontal, así como sus reformas, modificaciones, aclaraciones y corrección de los títulos con sus respectivos anexos, si las hay.
Documento
Plano de localización
:1 Original(es) (En medio magnético, en formato dwg)
Anotaciones Adicionales: Ligado a las coordenadas cartesianas locales, Data Magna Sirgas, el cual debe contener la planta de cubiertas con el número de pisos, aislamientos y alinderamiento del lote , o plano aprobado con licencia por parte de la curaduría. El archivo debe tener solo dos niveles, uno con el lote y el otro con los polígonos de construcción en una sola línea.
Documento
Archivo con relación de Unidades Propied Horizontal (PH)
:1 Original(es) (En formato Excel)
Anotaciones Adicionales: Con su correspondiente coeficiente y folio de matrícula inmobiliaria asignado por la oficina de registro respectiva.
*Para desagregación de los linderos del predio (Desenglobe)
Documento
Escritura pública
:1 Fotocopia(s) (Legible)
Anotaciones Adicionales: Copia legible del título de dominio debidamente registrado, en donde conste el desenglobe de los bienes inmuebles, así como las modificaciones, aclaraciones y corrección de los títulos con sus respectivos anexos, si las hay.
Documento
Plano topográfico
:1 Original(es) (En medio magnético, en formato dwg)
Anotaciones Adicionales: Ligado a las coordenadas cartesianas locales, Datum Manga Sirgas. En caso que el predio matriz o su segregado tenga un área mayor a 500 m2.
2 - Radicar documentos
Canal de atención
Para solicitud de desenglobe PHl de 10 unidades Solicítelo por la Web a través de la Ventanilla Única de la Construcción (VUC), para lo cual debe estar previamente registrado, siga los pasos que se le indica, anexe los documentos requisitos por el mismo medio o, solicite cita a través de la (VUC) para que se le atienda en el canal presencial, acuda el día y la hora indicada en la AK 30 25 90 torre B segundo piso, con los documentos requisito en forma física o magnética.
Medio
Detalle
PRESENCIAL
Ver puntos de atención
Canal de atención
En Catastro En Línea (CEL) puede ingresar al sitio web, registrarse, solicitar el trámite y cargar los documentos soporte de la solicitud; asimismo, puede realizar seguimiento al estado de su solicitud y recibir la respuesta al trámite, previa autorización de su envío a través de correo electrónico. A través de la Ventanilla Única de la Construcción (VUC), se podrá realizar lo siguiente: Agendamiento de citas, radicación virtual, consulta del estado del trámite y notificación.
Medio
Detalle
PRESENCIAL
Ver puntos de atención
WEB
Ventanilla Única de la Construcción (VUC).
WEB
Catastro En Línea (CEL).
Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
Antes de acercarse a un punto de atención, descargue la APP SuperCADE Virtual y consulte en tiempo real, cual punto de la RED CADE es el más favorable para realizar el trámite, dado que la aplicación le indica los tiempos de espera tanto en sala como en el módulo de atención.
Resultado que se obtiene
Registro actualizado de los linderos de los predios en las bases catastrales, que se obtiene
en 30 Día(s) - hábil(es)
Medios por donde se obtiene el resultado
Correo electrónico
Correo certificado
Presencial
¿Dónde se puede hacer seguimiento a la solicitud?
Medio
Detalle
Telefónico
Fijo 2347600 7600 , Horario de atención:lunes a viernes de 7:00 a. m. a 4:30 p. m.
Telefónico
Línea gratuita 018000910488 , Horario de atención:lunes a viernes de 7:00 a. m. a 4:30 p. m.
Presencial
Ver puntos de atención
Web
Ventanilla Única de la Construcción (VUC)
Web
Catastro En Línea (CEL)
Soporte legal
Ley 1437 de 2011, (Todos)
Resolución 1055 de 2012, (Artículos 10, 20)
Resolución 70 de 2011, (Artículos 59, 81 parágrafo, 105 - 108, 114 - 116, 125)
Resolución 073 de 2020, (articulos 2-6)
Decreto único reglamentario 1170 de 2015. Artículos: 2.2.2.2.16; 2.2.2.2.19; 2.2.2.2.10; 2.2.2.2.1; 2.2.2.2.2; 2.2.2.2.18
Otra fuente de consulta
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Fecha Inicio
Fecha Fin
Observaciones
12-02-2016
01-02-2017
Desde el dos (2) de Diciembre de 2016 hasta el primero (1) de enero de 2017, se realizará el cierre temporal del Sistema Integrado de Información Catastral (SIIC) y de los aplicativos Línea de Producción Cartográfica (LPC) y Catastro en Línea (CEL), se continúa prestando servicio a los usuario en los SuperCADE en lo que respecta todo trámite y solicitud que no dependa de la utilización del Sistema Integrado de Información Catastral ( SIIC) en virtud de la Resolución 2276 del 23/11/2016 expedida por la Unidad Administrativa Especial de Castro Distrital UAECD
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