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Información proporcionada por:
SECRETARÍA DISTRITAL DEL HABITAT
Matrícula de arrendadores
¿Cuándo se puede realizar?
Cualquier fecha
¿A dónde ir?
Ver puntos de atención
¿Requiere pago?
No, es gratuito
¿Es totalmente en línea?
Sí,
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Última actualización: 11-Febrero-2022
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Descripción
Habilitación para ejercer las actividades de arrendamiento de bienes raíces propios o de terceros destinados a vivienda urbana, o realizar la intermediación comercial entre arrendadores o arrendatarios de tal tipo de bienes.
Para realizarlo necesita:
Ciudadano
Extranjeros
Organizaciones
1 - Reunir los documentos y cumplir con las condiciones necesarias para el trámite
Formulario
Solicitud de matrícula de arrendador
Disponible para ser:
Descargable:
Reclamar de forma presencial:
En los puntos de atención indicados por la institución
Anotación adicional:
Actualización versión 12
Formulario
Informe sobre el desarrollo de su actividad de intermediación o arrendamiento de inmuebles propios o de terceros, destinados a vivienda urbana.
Disponible para ser:
Descargable:
Reclamar de forma presencial:
En los puntos de atención indicados por la institución
Anotación adicional:
ACTUALIZACION VERSION 12
Documento
Modelo o modelos de los contratos de arrendamiento y de los de administración que utilizarán en el desarrollo de la actividad
: 1 Original(es)
Documento
Registro mercantil
: 1 Original(es)
Anotaciones Adicionales: . Certificado de Registro Mercantil vigente, en el caso de personas naturales o Certificado de Existencia y Representación Legal vigente, cuando se trate de personas jurídicas. vcon fecha de expedición no superior a dos (2) meses.
2 - Radicar la solicitud adjuntando los documentos requeridos
Canal de atención
Toda persona natural o jurídica, entre cuyas actividades principales esté la de arrendar bienes raíces, destinados a vivienda urbana, de su propiedad o de la de terceros, o labores de intermediación comercial entre arrendadores y arrendatarios, en los municipios de más de quince mil (15.000) habitantes, deberá matricularse ante la autoridad administrativa competente.
Medio
Detalle
PRESENCIAL
Ver puntos de atención
Canal de atención
Para el Canal Virtual habilitado a través de la Ventanilla Única de la Construcción - VUC, se cuenta con los formatos disponibles para su descarga, diligenciamiento y posterior cargue con el objetivo de dar inicio al trámite. Para ello el interesado deberá adelantar su registro previo en el sistema. La Subsecretaría de Inspección, Vigilancia y Control de Vivienda, revisa la documentación reportada y aprueba o rechaza, según sea el caso, mediante notificación virtual justificada.
Medio
Detalle
WEB
Ventanilla Única de la Construcción
Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
La entidad, asignará el número de matrícula que corresponda, en orden cronológico y con base en la documentación radicada por el interesado dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes a la radicación de la solicitud, si la información aportada estuviera completa, o dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la entrega de la solicitud complementaria requerida, según el caso, de conformidad con lo establecido en el artículo 3º del Decreto Nacional 51 de 2004.
Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
En el Marco del SUPERCADE MOVIL los ciudadanos también pueden realizar el trámite directamente en el lugar donde se lleven a cabo las ferias de servicios, sin desplazarse a los puntos de atención presenciales de la Red CADE.
3 - Presentar aclaraciones o correcciones en caso de ser requerido
Canal de atención
En caso de existir aclaraciones tenemos: Canal Presencial: la entidad revisa con el usuario la documentación previa radicación, esto para evitar rechazos a la solicitud. - Canal Virtual: La Subsecretaría de Inspección, Vigilancia y Control de Vivienda, revisa la documentación reportada y aprueba o rechaza, según sea el caso, mediante notificación virtual justificada.
Medio
Detalle
PRESENCIAL
Ver puntos de atención
WEB
Ventanilla Única de la Construcción- VUC
Resultado que se obtiene
Matrícula de arrendador, que se obtiene
en 8 Día(s) - hábil(es)
Observaciones: La entidad que haga sus veces, asignará el número de matrícula que corresponda, en orden cronológico y con base en la documentación radicada por el interesado dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes a la radicación de la solicitud, si la información aportada estuviera completa, o dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la entrega de la solicitud complementaria requerida, según el caso, de conformidad con lo establecido en el artículo 3º del Decreto Nacional 51 de 2004.
Medios por donde se obtiene el resultado
Correo electrónico
Página web
¿Dónde se puede hacer seguimiento a la solicitud?
Medio
Detalle
Presencial
Ver puntos de atención
Soporte legal
Decreto 1077 de 2015, (Capitulo 2)
Decreto 3130 de 2003, (Todos)
Resolución 1513 de 2015, (Capítulo 8 Artículos 27 al 30)
Ley 820 de 2003, (Artículos 28-34)
Decreto 51 de 2004, (Todos)
Decreto 121 de 2008, (artículo 21)
Otra fuente de consulta
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