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Información proporcionada por:
MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL
Registro e inscripción de rectores y representantes legales de institución de educación superior IES
(También se conoce como: Inscripción)
¿Cuándo se puede realizar?
Cualquier fecha
¿A dónde ir?
Ver puntos de atención
¿Requiere pago?
No, es gratuito
¿Es totalmente en línea?
Sí,
ingrese aquí
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Tenga en cuenta
Última actualización: 22-Abril-2020
Descripción
Realizar el registro e inscripción de rector y/o representante legal de una institución de educación superior en el Ministerio de Educación Nacional.
Para realizarlo necesita:
Instituciones o dependencias públicas
Organizaciones
1 - Reunir la documentación requerida y cumplir con las condiciones establecidas por la entidad
Documento
Carta de solicitud
: 1 Original(es) (Escaneado en formato PDF no mayor a 3 MB)
Anotaciones Adicionales: Suscrita por el Secretario General de la institución de educación superior en la que certifique que la designación se realizó de acuerdo con las normas internas aplicables, señalándolas en cada caso, y el cumplimiento del quórum deliberatorio y decisorio exigido para realizar la designación.
Documento
Actos internos de la elección
: 1 Original(es) (Escaneado en formato PDF no mayor a 3 MB)
Anotaciones Adicionales: Emitidos por el órgano competente en donde conste el nombre, cédula de ciudadanía y período para el cual fue designado el rector y/o representante legal; se debe incluir acta de posesión y/o actos internos según sea el caso, de acuerdo a lo establecido en los estatutos vigentes.
Documento
Cédula de ciudadanía
: 1 Fotocopia(s) (Ampliada al 150%. Escaneada en formato PDF no mayor a 3 MB)
Anotaciones Adicionales: Del rector y/o representante legal a inscribir. Este documento puede ser reemplazado por la cédula de extranjería o por el pasaporte vigente en caso de que el directivo a inscribir sea de nacionalidad extranjera.
2 - Realizar la solicitud del trámite
Canal de atención
Ingresar al sistema a la opción “Crear/Inscripción de rectores y/o representantes legales", aceptar los términos y condiciones, diligenciar la información del formato de solicitud y adjuntar los archivos con la documentación requerida. Los nombres de los archivos no deben contener espacios ni caracteres especiales. Realizar la radicación de la solicitud seleccionando la opción en el formato.
Medio
Detalle
PRESENCIAL
Ver puntos de atención
WEB
Ventanilla Unica de Trámites
3 - Esperar comunicación del estado de su trámite
Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
El Ministerio de Educación una vez verifique la solicitud realizada enviará un comunicado, al correo electrónico registrado en la solicitud, en el que informará el estado del trámite. En caso de que la información esté incorrecta, incompleta o que los archivos anexos no sean legibles, se solicitará que complete la información o adjunte archivos legibles; para este caso, se deberán seguir las instrucciones recibidas en el correo.
4 - Presentar aclaraciones en caso de ser requerido
Canal de atención
Presentar las aclaraciones solicitadas por el Ministerio, siguiendo las instrucciones dadas en la notificación del estado del trámite, si las realiza en línea. Si desea hacer las aclaraciones de manera presencial, en la Unidad de Atención al Ciudadano del Ministerio se brindará el apoyo que se requiera.
Medio
Detalle
PRESENCIAL
Ver puntos de atención
WEB
Ventanilla Única de Trámites y Servicios en Línea - VUMEN
5 - Esperar comunicación del cierre del trámite.
Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
Esperar correo electrónico del Ministerio de Educación en el que se informará la respuesta a la solicitud con un "oficio procede" donde el Ministerio informa que procedió a la inscripción y se actualizó en los sistemas de información SACES y SNIES; o un "oficio no procede" donde el Ministerio informa que no se cumple con los requisitos establecidos en la normativa y se procedió al rechazar la solicitud.
Resultado que se obtiene
Registro e inscripción de rectores y representantes legales de institución de educación superior IES , que se obtiene
en 5 Día(s) - hábil(es)
Observaciones: Si el Ministerio de Educación efectúan observaciones o requerimientos, la institución de educación superior tiene plazo de (1) un mes para dar respuesta de acuerdo a lo señalado en la ley 1755 de 2015. Una vez se reciba la respuesta en el Ministerio contará nuevamente con 5 días hábiles para continuar con el estudio de la solicitud.
Medios por donde se obtiene el resultado
Presencial
Página web
¿Dónde se puede hacer seguimiento a la solicitud?
Medio
Detalle
Correo Electrónico
atencionalciudadano@mineducacion.gov.co
Telefónico
Fijo 3078079 , Horario de atención:lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. Contestador automático de lunes a lunes de 6:00 p.m. a 8:00 a.m.
Telefónico
Línea gratuita 018000910122 , Horario de atención:lunes a viernes de 8:00 a.m. a 6:00 p.m. Contestador automático de lunes a lunes de 6:00 p.m. a 8:00 a.m.
Web
Ventanilla Única de Trámites
Soporte legal
Decreto 5012 de 2009, (Artículo 30)
Ley 30 de 1992, (Todos)
Decreto único reglamentario 1075 de 2015. Artículos: 2.5.5.4.3
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