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Información proporcionada por:
INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS
https://www.invima.gov.co/
Registro sanitario, permiso sanitario, notificación sanitaria para alimentos importados
(También se conoce como: Autorización para comercializar alimento importado)
¿Cuándo se puede realizar?
Cualquier fecha
¿A dónde ir?
Ver puntos de atención
¿Requiere pago?
Sí,
Ver detalle en la sección "Para realizarlo necesita"
¿Es totalmente en línea?
No
Última actualización: 7-Febrero-2022
Valorar
Descripción
Otorgar registro sanitario, permiso sanitario, notificación sanitaria para alimentos importados de alto, medio y bajo riesgo para la salud, con destino al consumo humano. Son renovables, la vigencia del registro sanitario es de 5 años, del permiso sanitario es de 7 años y de la notificación sanitaria es de 10 años.
Para realizarlo necesita:
Ciudadano
Extranjeros
Organizaciones
1 - Solicitar liquidación
Pago
Descripción del pago:
Descripción
Tipo moneda
Tipo valor
Cantidad
Valor
Tarifa código 2300. Notificación sanitaria de alimentos"NSA" de bajo riesgo (variedades de 1 a 10). UVT 82,58. Nota: los decimales del valor de la tarifa publicado en pesos, han sido redondeados al número entero superior más próximo.
Pesos ($)
Fijo
3.138.371,00
Tarifa código 2302. Notificación sanitaria de alimentos "NSA" de bajo riesgo (variedades de 21 en adelante). UVT 108,43. Nota: los decimales del valor de la tarifa publicado en pesos, han sido redondeados al número entero superior más próximo.
Pesos ($)
Fijo
4.120.774,00
Tarifa código 2100. Registro sanitario de alimentos de alto riesgo (variedades de 1 a 10). UVT 165,15. Nota: los decimales del valor de la tarifa publicado en pesos, han sido redondeados al número entero superior más próximo.
Pesos ($)
Fijo
198
6.276.361,00
Tarifa código 2101. Registro sanitario de alimentos de alto riesgo (variedades de 11 a 20). UVT 180,16. Nota: los decimales del valor de la tarifa publicado en pesos, han sido redondeados al número entero superior más próximo.
Pesos ($)
Fijo
6.846.801,00
Tarifa código 2102. Registro sanitario de alimentos de alto riesgo (variedades de 21 en adelante). UVT 205,19. Nota: los decimales del valor de la tarifa publicado en pesos, han sido redondeados al número entero superior más próximo.
Pesos ($)
Fijo
7.798.401,00
Tarifa código 2200. Permiso sanitario de alimentos de riesgo medio (variedades de 1 a 10). UVT 123,45. Nota: los decimales del valor de la tarifa publicado en pesos, han sido redondeados al número entero superior más próximo.
Pesos ($)
Fijo
4.691.594,00
Tarifa código 2201. Permiso sanitario de alimentos de riesgo medio (variedades de 11 a 20). UVT 136,79. Nota: los decimales del valor de la tarifa publicado en pesos, han sido redondeados al número entero superior más próximo.
Pesos ($)
Fijo
5.198.568,00
Tarifa código 2202. Permiso sanitario de alimentos de riesgo medio (variedades de 21 en adelante). UVT 161,81. Nota: los decimales del valor de la tarifa publicado en pesos, han sido redondeados al número entero superior más próximo.
Pesos ($)
Fijo
6.149.428,00
Tarifa código 2301. Notificación sanitaria de alimentos "NSA" de bajo riesgo (variedades de 11 a 20). UVT 90,92. Nota: los decimales del valor de la tarifa publicado en pesos, han sido redondeados al número entero superior más próximo.
Pesos ($)
Fijo
3.455.324,00
Tarifa código 90039. Registro Sanitario de Alimentos de Alto Riesgo (Variedades de 1 a 10), “Aplicable a microempresas, incluyendo los pequeños productores de acuerdo con la tipificación actual en el marco del Decreto 691 de 2018. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del Art. 2 de Ley 2069 de 2020.” UVT 0,00. Nota: los decimales del valor de la tarifa publicado en pesos, han sido redondeados al número entero superior más próximo.
Pesos ($)
Fijo
,00
Tarifa código 91112. Registro Sanitario de Alimentos de Alto Riesgo (Variedades de 1 a 10). Tarifa Diferenciada del 40% en el marco del parágrafo 1 del Art. 2 de la Ley 2069 de 2020 y del artículo 5 del Decreto 1889 de 2021. 66,06. UVT 66,06. Aplicable a pequeña empresa cuyos ingresos por actividades ordinarias anuales sean superiores a sector Manufactura 23.563 e inferiores o iguales a 84.040 UVT Sector comercio 44.769 e inferiores o iguales a 173.578 UVT Sector servicios 32.988 e inferiores o iguales a 65.976 UVT Nota: los decimales del valor de la tarifa publicado en pesos, han sido redondeados al número entero superior más próximo.
Pesos ($)
Fijo
2.510.545,00
Tarifa código 91113. Registro Sanitario de Alimentos de Alto Riesgo (Variedades de 1 a 10). Tarifa Diferenciada del 50% en el marco del parágrafo 1 del Art. 2 de la Ley 2069 de 2020 y del artículo 5 del Decreto 1889 de 2021. 82,58. UVT 82,58. Aplicable a pequeña empresa cuyos ingresos por actividades ordinarias anuales sean superiores a Sector Manufactura 84.040 e inferiores o iguales a 144.517 UVT Sector comercio 173.578 e inferiores o iguales a 302.387 UVT Sector servicios 65.976 e inferiores o iguales a 98.964 UVT Nota: los decimales del valor de la tarifa publicado en pesos, han sido redondeados al número entero superior más próximo.
Pesos ($)
Fijo
3.138.371,00
Tarifa código 91114. Registro Sanitario de Alimentos de Alto Riesgo (Variedades de 1 a 10). Tarifa Diferenciada del 60% en el marco del parágrafo 1 del Art. 2 de la Ley 2069 de 2020 y del artículo 5 del Decreto 1889 de 2021. UVT 99,09. Aplicable a pequeña empresa cuyos ingresos por actividades ordinarias anuales sean superiores a Sector Manufactura 144.517 e inferiores o iguales a 204.995 UVT Sector comercio 302.387 e inferiores o iguales a 431.196 UVT Sector servicios 98.964 e inferiores o iguales a 131.951 UVT Nota: los decimales del valor de la tarifa publicado en pesos, han sido redondeados al número entero superior más próximo.
Pesos ($)
Fijo
3.765.817,00
Tarifa código 92112. Registro Sanitario de Alimentos de Alto Riesgo (Variedades de 1 a 10). Tarifa Diferenciada del 70% en el marco del parágrafo 1 del Art. 2 de la Ley 2069 de 2020 y del artículo 5 del Decreto 1889 de 2021. UVT 115,61. Aplicable a mediana empresa cuyos ingresos por actividades ordinarias anuales sean superiores a Sector Manufactura 204.995 e inferiores o iguales a 715.518 UVT Sector comercio 431.196 e inferiores o iguales a 1.007.695 UVT Sector servicios 131.951 e inferiores o iguales a 248.979 UVT Nota: los decimales del valor de la tarifa publicado en pesos, han sido redondeados al número entero superior más próximo.
Pesos ($)
Fijo
4.393.643,00
Tarifa código 92113. Registro Sanitario de Alimentos de Alto Riesgo (Variedades de 1 a 10). Tarifa Diferenciada del 80% en el marco del parágrafo 1 del Art. 2 de la Ley 2069 de 2020 y del artículo 5 del Decreto 1889 de 2021. UVT 132,12. Aplicable a mediana empresa cuyos ingresos por actividades ordinarias anuales sean superiores a Sector Manufactura 715.518 e inferiores o iguales a 1.226.041 UVT Sector comercio 1.007.695 e inferiores o iguales a 1.584.194 UVT Sector servicios 248.979 e inferiores o iguales a 366.007 UVT Nota: los decimales del valor de la tarifa publicado en pesos, han sido redondeados al número entero superior más próximo.
Pesos ($)
Fijo
5.021.089,00
Tarifa código 92114. Registro Sanitario de Alimentos de Alto Riesgo (Variedades de 1 a 10). Tarifa Diferenciada del 90% en el marco del parágrafo 1 del Art. 2 de la Ley 2069 de 2020 y del artículo 5 del Decreto 1889 de 2021. UVT 148,64. Aplicable a mediana empresa cuyos ingresos por actividades ordinarias anuales sean superiores a Sector Manufactura 1.226.041 e inferiores o iguales a 1.736.565 UVT Sector comercio 1.584.194 e inferiores o iguales a 2.160.692 UVT Sector servicios 366.007 e inferiores o iguales a 483.034 UVT Nota: los decimales del valor de la tarifa publicado en pesos, han sido redondeados al número entero superior más próximo.
Pesos ($)
Fijo
5.648.915,00
Tarifa código 90040 Registro sanitario de Alimentos de Alto Riesgo (variedades de 11 a 20), “Aplicable a microempresas, incluyendo los pequeños productores de acuerdo con la tipificación actual en el marco del Decreto 691 de 2018. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del Art. 2 de Ley 2069 de 2020.” UVT 0,00. Nota: los decimales del valor de la tarifa publicado en pesos, han sido redondeados al número entero superior más próximo.
Pesos ($)
Fijo
,00
Tarifa código 91115. Registro Sanitario de Alimentos de Alto Riesgo (Variedades de 11 a 20). Tarifa Diferenciada del 40% en el marco del parágrafo 1 del Art. 2 de la Ley 2069 de 2020 y del artículo 5 del Decreto 1889 de 2021. UVT 72,07. Aplicable a pequeña empresa cuyos ingresos por actividades ordinarias anuales sean superiores a sector Manufactura 23.563 e inferiores o iguales a 84.040 UVT Sector comercio 44.769 e inferiores o iguales a 173.578 UVT Sector servicios 32.988 e inferiores o iguales a 65.976 UVT Nota: los decimales del valor de la tarifa publicado en pesos, han sido redondeados al número entero superior más próximo
Pesos ($)
Fijo
2.738.949,00
Tarifa código 91116. Registro Sanitario de Alimentos de Alto Riesgo (Variedades de 11 a 20). Tarifa Diferenciada del 50% en el marco del parágrafo 1 del Art. 2 de la Ley 2069 de 2020 y del artículo 5 del Decreto 1889 de 2021. UVT 90,08. Aplicable a pequeña empresa cuyos ingresos por actividades ordinarias anuales sean superiores a Sector Manufactura 84.040 e inferiores o iguales a 144.517 UVT Sector comercio 173.578 e inferiores o iguales a 302.387 UVT Sector servicios 65.976 e inferiores o iguales a 98.964 UVT Nota: los decimales del valor de la tarifa publicado en pesos, han sido redondeados al número entero superior más próximo
Pesos ($)
Fijo
3.423.401,00
Tarifa código 91117. Registro Sanitario de Alimentos de Alto Riesgo (Variedades de 11 a 20). Tarifa Diferenciada del 60% en el marco del parágrafo 1 del Art. 2 de la Ley 2069 de 2020 y del artículo 5 del Decreto 1889 de 2021. UVT 108,10. Aplicable a pequeña empresa cuyos ingresos por actividades ordinarias anuales sean superiores a Sector Manufactura 144.517 e inferiores o iguales a 204.995 UVT Sector comercio 302.387 e inferiores o iguales a 431.196 UVT Sector servicios 98.964 e inferiores o iguales a 131.951 UVT Nota: los decimales del valor de la tarifa publicado en pesos, han sido redondeados al número entero superior más próximo.
Pesos ($)
Fijo
4.108.233,00
Tarifa código 92115. Registro Sanitario de Alimentos de Alto Riesgo (Variedades de 11 a 20). Tarifa Diferenciada del 70% en el marco del parágrafo 1 del Art. 2 de la Ley 2069 de 2020 y del artículo 5 del Decreto 1889 de 2021. UVT 126,11. Aplicable a mediana empresa cuyos ingresos por actividades ordinarias anuales sean superiores a Sector Manufactura 204.995 e inferiores o iguales a 715.518 UVT Sector comercio 431.196 e inferiores o iguales a 1.007.695 UVT Sector servicios 131.951 e inferiores o iguales a 248.979 UVT Nota: los decimales del valor de la tarifa publicado en pesos, han sido redondeados al número entero superior más próximo
Pesos ($)
Fijo
4.792.685,00
Tarifa código 92116. Registro Sanitario de Alimentos de Alto Riesgo (Variedades de 11 a 20). Tarifa Diferenciada del 80% en el marco del parágrafo 1 del Art. 2 de la Ley 2069 de 2020 y del artículo 5 del Decreto 1889 de 2021. UVT 144,13. Aplicable a mediana empresa cuyos ingresos por actividades ordinarias anuales sean superiores a Sector Manufactura 715.518 e inferiores o iguales a 1.226.041 UVT Sector comercio 1.007.695 e inferiores o iguales a 1.584.194 UVT Sector servicios 248.979 e inferiores o iguales a 366.007 UVT Nota: los decimales del valor de la tarifa publicado en pesos, han sido redondeados al número entero superior más próximo.
Pesos ($)
Fijo
5.477.517,00
Tarifa código 92117. Registro Sanitario de Alimentos de Alto Riesgo (Variedades de 11 a 20). Tarifa Diferenciada del 90% en el marco del parágrafo 1 del Art. 2 de la Ley 2069 de 2020 y del artículo 5 del Decreto 1889 de 2021. UVT 162,15. Aplicable a mediana empresa cuyos ingresos por actividades ordinarias anuales sean superiores a Sector Manufactura 1.226.041 e inferiores o iguales a 1.736.565 UVT Sector comercio 1.584.194 e inferiores o iguales a 2.160.692 UVT Sector servicios 366.007 e inferiores o iguales a 483.034 UVT Nota: los decimales del valor de la tarifa publicado en pesos, han sido redondeados al número entero superior más próximo.
Pesos ($)
Fijo
6.162.349,00
Tarifa código 90041. Registro Sanitario de Alimentos de Alto Riesgo (Variedades de 21 en adelante), “Aplicable a microempresas, incluyendo los pequeños productores de acuerdo con la tipificación actual en el marco del Decreto 691 de 2018. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del Art. 2 de Ley 2069 de 2020.” UVT 0,00. Nota: los decimales del valor de la tarifa publicado en pesos, han sido redondeados al número entero superior más próximo.
Pesos ($)
Fijo
,00
Tarifa código 91118. Registro Sanitario de Alimentos de Alto Riesgo (Variedades de 21 en adelante. Tarifa Diferenciada del 40% en el marco del parágrafo 1 del Art. 2 de la Ley 2069 de 2020 y del artículo 5 del Decreto 1889 de 2021. UVT 82,08. Aplicable a pequeña empresa cuyos ingresos por actividades ordinarias anuales sean superiores a sector Manufactura 23.563 e inferiores o iguales a 84.040 UVT Sector comercio 44.769 e inferiores o iguales a 173.578 UVT Sector servicios 32.988 e inferiores o iguales a 65.976 UVT Nota: los decimales del valor de la tarifa publicado en pesos, han sido redondeados al número entero superior más próximo.
Pesos ($)
Fijo
3.119.369,00
Tarifa código 91119. Registro Sanitario de Alimentos de Alto Riesgo (Variedades de 21 en adelante). Tarifa Diferenciada del 50% en el marco del parágrafo 1 del Art. 2 de la Ley 2069 de 2020 y del artículo 5 del Decreto 1889 de 2021. UVT 102,60. Aplicable a pequeña empresa cuyos ingresos por actividades ordinarias anuales sean superiores a Sector Manufactura 84.040 e inferiores o iguales a 144.517 UVT Sector comercio 173.578 e inferiores o iguales a 302.387 UVT Sector servicios 65.976 e inferiores o iguales a 98.964 UVT Nota: los decimales del valor de la tarifa publicado en pesos, han sido redondeados al número entero superior más próximo.
Pesos ($)
Fijo
3.899.211,00
Tarifa código 91120. Registro Sanitario de Alimentos de Alto Riesgo (Variedades de 21 en adelante). Tarifa Diferenciada del 60% en el marco del parágrafo 1 del Art. 2 de la Ley 2069 de 2020 y del artículo 5 del Decreto 1889 de 2021. UVT 123,12. Aplicable a pequeña empresa cuyos ingresos por actividades ordinarias anuales sean superiores a Sector Manufactura 144.517 e inferiores o iguales a 204.995 UVT Sector comercio 302.387 e inferiores o iguales a 431.196 UVT Sector servicios 98.964 e inferiores o iguales a 131.951 UVT Nota: los decimales del valor de la tarifa publicado en pesos, han sido redondeados al número entero superior más próximo.
Pesos ($)
Fijo
4.679.053,00
Tarifa código 92118. Registro Sanitario de Alimentos de Alto Riesgo (Variedades de 21 en adelante). Tarifa Diferenciada del 70% en el marco del parágrafo 1 del Art. 2 de la Ley 2069 de 2020 y del artículo 5 del Decreto 1889 de 2021. UVT 143,64. Aplicable a mediana empresa cuyos ingresos por actividades ordinarias anuales sean superiores a Sector Manufactura 204.995 e inferiores o iguales a 715.518 UVT Sector comercio 431.196 e inferiores o iguales a 1.007.695 UVT Sector servicios 131.951 e inferiores o iguales a 248.979 UVT Nota: los decimales del valor de la tarifa publicado en pesos, han sido redondeados al número entero superior más próximo.
Pesos ($)
Fijo
5.458.895,00
Tarifa código 92119. Registro Sanitario de Alimentos de Alto Riesgo (Variedades de 21 en adelante). Tarifa Diferenciada del 80% en el marco del parágrafo 1 del Art. 2 de la Ley 2069 de 2020 y del artículo 5 del Decreto 1889 de 2021. UVT 16,16. Aplicable a mediana empresa cuyos ingresos por actividades ordinarias anuales sean superiores a Sector Manufactura 715.518 e inferiores o iguales a 1.226.041 UVT Sector comercio 1.007.695 e inferiores o iguales a 1.584.194 UVT Sector servicios 248.979 e inferiores o iguales a 366.007 UVT Nota: los decimales del valor de la tarifa publicado en pesos, han sido redondeados al número entero superior más próximo.
Pesos ($)
Fijo
6.238.737,00
Tarifa código 92120. Registro Sanitario de Alimentos de Alto Riesgo (Variedades de 21 en adelante). Tarifa Diferenciada del 90% en el marco del parágrafo 1 del Art. 2 de la Ley 2069 de 2020 y del artículo 5 del Decreto 1889 de 2021. UVT 184,68. Aplicable a mediana empresa cuyos ingresos por actividades ordinarias anuales sean superiores a Sector Manufactura 1.226.041 e inferiores o iguales a 1.736.565 UVT Sector comercio 1.584.194 e inferiores o iguales a 2.160.692 UVT Sector servicios 366.007 e inferiores o iguales a 483.034 UVT Nota: los decimales del valor de la tarifa publicado en pesos, han sido redondeados al número entero superior más próximo.
Pesos ($)
Fijo
7.018.579,00
Información del medio de pago:
•
Pago en línea
• En la entidad solicitante: en la Url de realizar el pago, se tienen las opciones de: pago en línea (PSE) o la de generar recibo para pago en entidad bancaria.
2 - Reunir documentos y cumplir condiciones
Formulario
Formato único de registro, permiso o notificación sanitaria de alimentos
Disponible para ser:
Diligenciable:
Reclamar de forma presencial:
En los puntos de atención indicados por la institución
Formulario
Formato registro notificación electrónica
Disponible para ser:
Descargable:
Reclamar de forma presencial:
En los puntos de atención indicados por la institución
Anotación adicional:
Se debe diligenciar este formato si requiere notificarse por correo electrónico de la resolución.
Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
Estar inscrito en la cámara de comercio como persona jurídica o natural.
Documento
Certificado de venta libre
: 1 Copia(s)
Anotaciones Adicionales: expedido por la autoridad sanitaria del país de origen o quien haga sus veces. Tener en cuenta que este documento debe venir con el respectivo sello de apostille o sello de consularización (se hace en el país de origen) y legalización (se hace en el Ministerio de Relaciones Exteriores en Colombia). Verificar la fecha de expedición de este documento, el INVIMA acepta la vigencia que el mismo documento especifique.
Documento
Autorización para ser importador y titular del Registro, Permiso y notificación sanitaria.
: 1 Copia(s)
Anotaciones Adicionales: en el que se especifique claramente quién es titular(es) e importador(es) del producto a registrar en Colombia; si se encuentra en idioma diferente al español debe venir con su respectiva traducción. En el evento de que el fabricante sea un tercero que no ostente la calidad de propietario del producto, se deberá allegar autorización del titular del producto al importador para importar, distribuir, comercializar y ser el titular del registro, permiso o notificación sanitaria.
Documento
Recibo de consignación
: 1 Copia(s)
Anotaciones Adicionales: o presentación de comprobante de transferencia electrónica por derechos de expedición del trámite. Tenga en cuenta que el valor de la tarifa depende del tipo de producto a registrar.
Si se identifica con alguno de estos casos, adicionalmente debe:
*En caso de actuar por medio de abogado
Documento
Poder
:1 Copia(s) (tener en cuenta que si es un poder especial debe venir con presentación personal y si es un poder ge)
Anotaciones Adicionales: tener en cuenta que si es un poder especial debe venir con presentación personal y si es un poder general debe estar elevado a escritura pública.
Documento
Cédula de ciudadanía
:1 Fotocopia(s)
Anotaciones Adicionales: del apoderado.
Documento
Tarjeta profesional
:1 Fotocopia(s)
Anotaciones Adicionales: del apoderado.
3 - Radicar documentos
Canal de atención
Realizar la radicación de manera presencial.
Medio
Detalle
PRESENCIAL
Ver puntos de atención
4 - Notificarse de la respuesta
Canal de atención
Acercarse a la ventanilla de la oficina de atención al ciudadano dentro de los 5 días hábiles siguientes al recibo de la citació,n en caso contrario se procederá a la notificación por aviso. Para el caso de notificación sanitaria, será comunicada al correo electrónico del interesado. Procederá la notificación electrónica de la resolución, si fue diligenciado el formato por parte del interesado.
Medio
Detalle
PRESENCIAL
Ver puntos de atención
Resultado que se obtiene
Registro sanitario, permiso sanitario , notificación sanitaria para alimentos importados., que se obtiene
en 2 Día(s) - hábil(es)
Observaciones: La notificación sanitaria se expide inmediatamente y se envía al correo electrónico del interesado.
Medios por donde se obtiene el resultado
Correo electrónico
Presencial
¿Dónde se puede hacer seguimiento a la solicitud?
Medio
Detalle
Telefónico
Call center 7422121 , Horario de atención:lunes a viernes de 7:30 a. m. a 4:30 p .m. En jornada Continua
Presencial
Ver puntos de atención
Web
Trámites en línea
Soporte legal
Resolución 2022001026 de 2022, (Todos)
Decreto 1889 de 2021, (5)
Ley 2069 de 2020, (2)
Resolución 2019058384 de 2019, (Todos)
Resolución 719 de 2015, (Todos )
Resolución 2674 de 2013, (Artículos 37 al 47)
Decreto 612 de 2000, (Todos)
Decreto 1270 de 2002, (Todos)
Decreto 4764 de 2005, (Todos)
Decreto 2380 de 2009, (Artículo 9)
Decreto 2078 de 2012, (Todos)
Decreto Ley 019 de 2012, (Artículos 9, 26, 35)
Ley 399 de 1997, (Todos)
Resolución 2015035016 de 2015, (Todos)
Resolución 20190035791 de 2019, (Todos)
Resolución 2020014308 de 2020, (Todos)
Decreto 557 de 2020, (5)
Resolución 2020046413 de 2020, (Todos)
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